NAVARRA: Sepa qué gastos puede deducirse de sus rendimientos del trabajo
Esta es la lista cerrada de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo en Renta.
Sólo pueden deducirse los siguientes gastos:
√ Cotizaciones a la Seguridad Social, las obligatorias de funcionarios a las mutualidades generales y las detracciones por derechos pasivos y cotizaciones a los colegios de huérfanos o instituciones similares.
√ Cuotas satisfechas a un colegio profesional, si la colegiación es obligatoria, en la parte que corresponda a sus fines esenciales. Hay un límite: 500 euros anuales.
√ Gastos de defensa jurídica derivados de litigios entre el trabajador y su empresa. El límite es de 300 euros anuales.
Nuestros profesionales le explicarán con detalle cuáles son estos gastos deducibles, y le ayudarán a confeccionar su declaración.
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